Panamá: Todo sobre los tipos de contribuyentes según la DGI Dirección General de Ingresos

Carmen

Si tienes dudas sobre los tipos de contribuyentes y la DGI (Dirección General de Ingresos de Panamá), con esta nota conocerás sobre las características y obligaciones de cada uno de ellos, así como el funcionamiento del sistema tributario y la importancia de cumplir con las obligaciones fiscales para que evites, sanciones y multas.

¿Qué es la DGI y cuál es su función principal?

La Dirección General de Ingresos (DGI) es la entidad gubernamental encargada de velar por la actualización y eficiencia del sistema tributario, y es quien ha implementado la medida de Facturación Electrónica en Panamá.

Su función principal es administrar el sistema tributario, realizar el cobro de impuestos, tasas, contribuciones y rentas, así como también combatir la evasión fiscal.

¿Qué es un contribuyente?

Es toda persona o entidad que realiza una actividad económica y está obligada a pagar los impuestos conforme a la ley.

Es importante que el contribuyente cumpla con las obligaciones tributarias, ya que estas fueron creadas para contribuir al sostenimiento del país y destinar los recursos a costear e invertir en programas que generen rentabilidad pública y social.

Las obligaciones tributarias no solo son impuestos, también pueden ser tasas y contribuciones especiales. A diferencia con los impuestos, una tasa es un tributo que se paga al estado por la utilización y aprovechamiento de un servicio público y las contribuciones especiales son cobros que se aplican para fines determinados y específicos como la realización de tareas y proyectos públicos relacionados con los servicios gubernamentales. 

¿Qué son los tipos de contribuyentes según la DGI?

El tipo contribuyente es la forma en la que debes desarrollar la actividad de tu negocio. La DGI para clasificar a los contribuyentes utiliza los siguientes criterios:

  • El tipo de actividad. 
  • El nivel de ingresos. 
  • El régimen fiscal. 
  • El tipo de contabilidad.

¿Qué es el NIT y tipos de contribuyentes según de DGI?

El Número de Identificación Tributario (NIT) es la clave de acceso que debe ser creada por todos los contribuyentes para ingresar a la plataforma del DGI y gestionar trámites y servicios.  Según la DGI los tipos de contribuyentes son:

  1. Persona Física.
  2. Persona Jurídica.
  3. Entidades sin fines de lucro.
  4. Agentes retenedores.
  5. Agentes perceptores.

¿Cómo se obtiene el NIT?

Para obtener el NIT debes ingresar al portal de la DGI, allí debes crear una contraseña personal, la cual debe ser aceptada por la entidad siguiendo los pasos enumerados a continuación:

  1. Ingrese al botón naranja e-tax 2.0.
  2. Haz clic sobre la palabra Registro.
  3. Ingrese a Obtener NIT.
  4. Ingrese la información solicitada: RUC, digito verificador y correo electrónico.

Ten en cuenta que el correo electrónico que ingreses debe coincidir con el reportado al momento de inscripción en el DGI, ya que a ese mismo correo te llegará el enlace para activar la contraseña de su NIT.

  1. Al finalizar estos pasos, ya estará habilitado para ingresar al e-tax 2.0.

¿Qué es el régimen fiscal y cuáles son los principales regímenes fiscales en Panamá?

El régimen fiscal es el conjunto de leyes y normas que regulan todo lo relacionado con el pago de impuestos que las personas naturales y jurídicas están en obligadas a pagar al estado.

Actualmente, el régimen fiscal en Panamá está compuesto por impuestos directos e indirectos, los cuales sumados a los ingresos no tributarios constituyen los ingresos corrientes y estos a su vez junto con los ingresos de capital conforman el presupuesto general de la nación.

Impuestos directos: Los ingresos fiscales recaudados según la estructura del estado se dividen en dos categorías: impuestos sobre la renta e impuestos sobre la propiedad y el patrimonio.

En los impuestos sobre la renta se encuentran:

  1. Persona Natural.
  2. Persona Jurídica.
  3. Planilla.
  4. Autoridad del Canal.
  5. Zona Libre de Colón.
  6. Dividendos.
  7. Complementario.
  8. Ganancia por enajenación de valores.
  9. Ganancia por enajenación de bienes muebles.
  10. Ganancia por enajenación de bienes inmuebles.

Impuestos sobre la propiedad y el patrimonio:

Con la modificación del Código Fiscal que rige desde el año 2019, se creó una figura con el fin de reducir el impuesto inmueble en las viviendas 

Las propiedades declaradas como Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal deben pagar impuestos siguiendo una escala según el valor declarado en el Registro Público de Panamá:

  • Entre $0 y $120,000 = exonerado.
  • Entre $120,001 y $700,000 = 0.5% del valor.
  • En más de $700,000 = 0.7% del valor.

Impuestos indirectos: es el impuesto que debe pagar cualquier persona que compre un bien o servicio y entre ellos se encuentran:

  1. Transferencia de bienes muebles y servicios (ITBMS) 
  2. Transferencia de bienes inmuebles (ITBI)
  3. Importación. 
  4. Producción, venta y consumo selectivo.
  5. Sobre actos jurídicos. 
  6. Otros impuestos indirectos.

Características de los tipos de contribuyentes según la DGI

  1. Persona Física: se identifica con su número de identificación o pasaporte en el caso de ser extranjero, que genera rentas provenientes de su actividad laboral, incluyendo los dueños de negocios y profesionales independientes. 

Estás también se dividen en diferentes clases como lo son:

  • Asalariados: depende de un empleador y cumple las normas de este, este tipo de contribuyente no paga impuestos de manera directa, sino que lo hace a través de retenciones o deducciones al recibir el pago de su salario por medio de su empleador.
  • Profesionales, Independientes y Comerciantes: estos contribuyentes deben presentan sus declaraciones de renta anuales, también pueden ser Micro y Pequeños empresarios que en algunos casos gozan de incentivos fiscales.

Entre los impuestos que deben pagar se encuentran el impuesto sobre la renta, el impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (ITBMS), el impuesto de inmueble y el impuesto sobre la renta de capital.

  1. Persona Jurídica: sociedad o agrupación de personas, creada como institución, que se identifica con tarjeta de identificación tributaria, donde registra el nombre, la fecha de creación y el número de registro. 

Se dividen en diferentes grupos:

  • Sociedad Anónima: es la que se compone por dos o más socios y su obligación se limita al pago de sus acciones, es  la más popular de las personas jurídicas y la utilizan en diferentes sectores industriales en el país. 
  • Sociedad Civil: estas están más centradas en una actividad regulada y practicada por profesionales idóneos en un área determinada.
  • Sociedad de Emprendimiento de Responsabilidad Limitada (S.E.R.L.): son un tipo de sociedad más flexible con el emprendedor, ya que le ofrece beneficios fiscales que le permiten ahorrar en costos iniciales de operación. 
  • Fundaciones de Interés Privado y Fideicomisos son personas que funcionan como vehículos con el fin de preservar patrimonios de generaciones de una o varias familias, además gozan de mayores beneficios fiscales y legales.

Estas empresas deben cumplir con los mismos impuestos que la persona natural, pero también deben pagar el impuesto de timbres fiscales y el impuesto sobre la renta de actividades lucrativas.

  1. Entidades sin fines de lucro: organizaciones que realizan actividades sociales con fines legales y con el fin de ayudar o atender asuntos de la comunidad. Su principal característica es la ausencia de fines de lucro, ya que no tienen como objetivo acceder a beneficios económicos.
  1. Agentes retenedores:  persona designada por la ley, que por funciones de su trabajo, o deber contractual, se encuentra obligado a realizar la retención de impuestos y enviarlo al fisco en un plazo determinado, según dicta la ley.
  1. Agentes perceptores: persona individual o jurídica que por disposición legal se encuentra autorizada para recibir un impuesto del contribuyente, por lo que le adicionara al cobro de la factura el impuesto aplicable que luego debe enviar al fisco,   Esta situación se da porque el agente perceptor proporciona al contribuyente un servicio, o transferencia de un bien.

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¿Qué es el paz y salvo tributario y cómo se obtiene?

Es un certificado que emite la DGI que certifica que el contribuyente no tiene deudas y se encuentra al día con la entidad. Para obtenerlo siga estos pasos:

  1. Ingrese al portal del DGI.
  2. Haz clic el botón naranja e-Tax 2.0.
  3. Ingrese en Iniciar Sesión.
  4. Complete la información de Usuario/Ruc y NIT.
  5. Seleccione la opción Declaraciones juradas y documentos.
  6. Haz clic en la opción Solicitar Paz y Salvo.
  7. Selecciona Presentar.
  8. Haz clic en el número de documento (303XXXXXXXXX)
  9. El documento requerido no ha sido encontrado en el sistema en formato PDF, consultar versión HTML.
  10. Imprimir Paz y Salvo.

¿Qué son los beneficios tributarios y cómo se accede a ellos?

Los beneficios o incentivos tributarios son una serie de medidas otorgadas por el estado a los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, que reducen la carga impositiva, ya sea total o parcial, con el fin de fomentar iniciativas que aumenten la producción local, incrementen las exportaciones, impulsen la inversión y proporcionen desgravaciones fiscales para cumplir objetivos sociales.

Para acceder a ellos debes pertenecer a determinados sectores económicos, entre los cuales se mencionan los siguientes regímenes especiales:

  • El régimen de Zonas Francas (Ley 32 de 2011)
  • El régimen de la Zona Libre de Colon (Ley 8 de 2016)
  • El régimen de Zonas Libres de Combustible (Decreto de Gabinete 36 de 2003)
  • Régimen de las Empresas Operadores y Desarrolladoras de Agroparques (Ley 196 de 2021)
  • Algunos de los más exitosos en la atracción de multinacionales como son el régimen del Área Económica Especial Panamá Pacífico (Ley 41 de 2004)
  • Régimen de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM) (Ley 41 de 2007)
  • Régimen para el Establecimiento y Operación de Empresas Multinacionales (EMMA) (Ley 159 de 2020)
  • Régimen especial de Ciudad del Saber (Decreto Ley 6 de 1998).

Si eres un contribuyente en Panamá, asegúrate de cumplir con tus obligaciones fiscales. Es importante destacar que, independientemente del tipo de contribuyente al que pertenezcan, todos están obligados a cumplir con las obligaciones fiscales establecidas por la ley y a pagar los impuestos correspondientes. 

La DGI tiene la responsabilidad de controlar y fiscalizar el cumplimiento de estas obligaciones, y puede aplicar sanciones a aquellos contribuyentes que no las cumplan. 

Si deseas más información o asesoría tributaria, ingresa al portal del DGI para que conozcas todas las novedades. Visita Alanube  y conoce nuestro servicio de facturación electrónica.