Obligaciones fiscales para empresas de Zonas Francas en 2025

Conoce las obligaciones fiscales 2025 para empresas de Zonas Francas en RD: declaraciones, retenciones, exenciones y requisitos clave.

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Índice

Las empresas establecidas bajo el régimen especial de Zonas Francas representan un motor clave para la economía de la República Dominicana, gracias a los múltiples beneficios fiscales que se les otorgan para incentivar la exportación. Sin embargo, a pesar de disfrutar de exenciones significativas, estas compañías también deben cumplir con ciertas obligaciones fiscales específicas, especialmente cuando realizan operaciones dentro del mercado nacional.

A continuación, detallamos las principales responsabilidades tributarias que las empresas de zonas francas deben asumir en 2025, diferenciando entre sus actividades exentas (exportación) y las gravadas (ventas locales).

Beneficios fiscales y exenciones de las Zonas Francas

Las Zonas Francas están reguladas por la Ley 8-90, que otorga una exención del 100 % de los principales tributos por un período inicial de 15 años (prorrogables). Estas exenciones incluyen:

  • Impuesto sobre la Renta (ISR) de sociedades
  • Impuestos y aranceles de aduana
  • ITBIS en compras de insumos
  • Impuesto sobre Activos
  • Impuestos municipales
  • Impuestos menores (como constitución de sociedades)

Estas exenciones aplican exclusivamente a las operaciones de exportación. No obstante, cuando una zona franca realiza ventas o servicios en el mercado local, debe cumplir con ciertas obligaciones tributarias, incluyendo declaraciones mensuales, retenciones fiscales y emisión de comprobantes.

Declaraciones mensuales para ventas locales y retenciones

Declaración de ventas locales (Formulario RZF-01)

Las ventas dentro del mercado nacional están sujetas a un impuesto especial del 3.5 % sobre las ventas brutas, que debe ser declarado mensualmente mediante el formulario RZF-01, a más tardar el día 15 del mes siguiente.

Ejemplo: Si una empresa vende RD$1,000,000 en marzo 2025, deberá declarar y pagar RD$35,000 antes del 15 de abril de 2025.

Declaración de ITBIS e Impuesto Selectivo (ISC)

Aunque las zonas francas no pagan ITBIS en exportaciones, sí deben cobrarlo en ventas locales:

  • ITBIS (18 %) aplicable en ventas locales
  • ISC en productos específicos (alcohol, tabaco, etc.)
  • Declaración del ITBIS mediante formulario IT-1 antes del día 20 del mes siguiente
  • Tiendas duty free deben retener el 100 % del ITBIS/ISC en ventas a consumidores locales

Ejemplo: Una tienda en el aeropuerto que vende mercancía gravada en abril 2025 debe remitir el ITBIS retenido antes del 20 de mayo 2025.

Excepción del ITBIS en ventas a turistas

Según el Decreto 977-02, si el comprador es un extranjero no residente y se lleva el producto fuera del país, la venta puede facturarse sin ITBIS. Se debe incluir en la factura:

  • Pasaporte del comprador
  • Fecha de entrada y salida del país

Esto aplica únicamente si el bien no queda en el mercado nacional.

Retenciones laborales y pagos a la seguridad social

Como cualquier empleador, las zonas francas deben cumplir con:

  • IR-3: Retención de ISR a empleados (día 10 del mes siguiente)
  • TSS: Aportes a la seguridad social (dentro de los 3 primeros días hábiles)
  • IR-17: Retención de ISR a terceros locales, si aplica

Estar al día con la TSS es requisito para renovar licencias ante el Ministerio de Trabajo o el CNZFE.

Declaraciones anuales y otras obligaciones formales

Declaración Anual de ISR (IR-2)

Aunque están exentas del ISR por exportaciones, muchas empresas presentan el formulario IR-2 de manera informativa. Si tuvieron ventas locales, estas se declaran separadamente, sin aplicar la tasa del 27 %.

Fecha límite: 120 días después del cierre fiscal
Ejemplo: Para cierre 31/12/2024, vence el 30 de abril de 2025

Informes al Banco Central y al CNZFE

Las empresas deben:

  • Reportar mensualmente al Banco Central sus ingresos y gastos en divisas
  • Notificar al CNZFE sobre cambios operativos importantes, como ampliaciones o cese de actividades

Deberes contables y formales comunes

  • Llevar contabilidad organizada
  • Emitir NCF válidos en ventas locales
  • Aplicar retenciones de ISR en servicios contratados localmente
  • Presentar formatos 606 (compras) y 607 (ventas) mensualmente

Tabla resumen: Obligaciones fiscales de Zonas Francas en 2025

ObligaciónPeriodicidad / Fecha límiteFormulario / Base Legal
Declaración ventas locales (3.5 %)Mensual, día 15RZF-01 (Ley 253-12 art. 17)
Declaración ITBIS por servicios localesMensual, día 20 (si aplica)IT-1 (Art. 343 CT y Norma 07-18)
Retención 100 % ITBIS/ISC (duty free)Mensual, día 20IT-1 / ISC
Reporte de compras/ventas localesMensual, día 15Formatos 606 / 607
Retención ISR en nóminaMensual, día 10IR-3
Retención ISR a tercerosMensual, día 10 (si aplica)IR-17
Pago Seguridad SocialMensual, 3 primeros días hábilesPlanilla TSS
Declaración Anual ISR (formal o informativa)Anual, 120 días tras cierre fiscalIR-2
Estados financieros auditados (empresas grandes)AnualNombramiento F-456
Notificación al CNZFE de operaciones e inversionesPeriódicoInforme al CNZFE (Ley 8-90 art. 49)
Emisión de comprobantes fiscales (NCF) en ventas localesCada operación gravadaNCF válido (Norma 06-18)

Consideraciones finales

Las Zonas Francas dominicanas disfrutan de una posición privilegiada en cuanto a incentivos fiscales, pero deben tener claridad sobre sus obligaciones tributarias cuando interactúan con el mercado local. Estas empresas no están exentas de:

  • Presentar formularios específicos ante la DGII
  • Retener impuestos sobre nóminas y pagos a terceros
  • Declarar impuestos indirectos como el ITBIS en ciertas operaciones

Cumplir con estos deberes no solo evita sanciones, sino que también garantiza la sostenibilidad del régimen especial otorgado a este sector estratégico.

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Gracias por llegar hasta aquí,
Equipo Alanube 👋

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