La información exógena es una obligación tributaria fundamental para muchos empresarios colombianos. En este artículo, te ofrecemos una guía detallada sobre qué es, quiénes deben presentarla, cómo hacerlo, los plazos, formatos, sanciones y otros aspectos relevantes para 2025, correspondiente al año gravable 2024.
¿Qué es la información exógena?
La información exógena se refiere al conjunto de datos que ciertas entidades deben reportar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) sobre sus transacciones económicas con terceros. Estos datos incluyen ingresos, compras, retenciones y otros movimientos financieros. El reporte tiene como objetivo permitir a la DIAN verificar la exactitud de las declaraciones tributarias, mejorar el control fiscal y prevenir la evasión.
¿Para qué sirve la información exógena en 2025?
En 2025, la información exógena cumple con varios propósitos esenciales, como la transparencia en las operaciones económicas, la actualización y validación de datos fiscales, y la prevención de fraudes tributarios. También es clave para la correcta implementación de políticas fiscales por parte del Estado.
Calendario de información exógena 2025
Los plazos para presentar la información exógena en 2025 dependen del tipo de contribuyente y de los últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT). A continuación, se detallan las fechas establecidas por la Resolución 000162 de 2023, modificada por la Resolución 000188 de 2024:
Grandes Contribuyentes
| Último Dígito | Fecha |
|---|---|
| 1 | 25 de abril |
| 2 | 28 de abril |
| 3 | 2 de mayo |
| 4 | 5 de mayo |
| 5 | 6 de mayo |
| 6 | 7 de mayo |
| 7 | 8 de mayo |
| 8 | 9 de mayo |
| 9 | 12 de mayo |
| 0 | 13 de mayo |
Personas Jurídicas y Naturales
| Últimos Dígitos | Fecha |
|---|---|
| 01-05 | 14 de mayo |
| 06-10 | 15 de mayo |
| 11-15 | 16 de mayo |
| 16-20 | 19 de mayo |
| 21-25 | 20 de mayo |
| 26-30 | 21 de mayo |
| 31-35 | 22 de mayo |
| 36-40 | 23 de mayo |
| 41-45 | 26 de mayo |
| 46-50 | 27 de mayo |
| 51-55 | 28 de mayo |
| 56-60 | 3 de junio |
| 61-65 | 4 de junio |
| 66-70 | 5 de junio |
| 71-75 | 6 de junio |
| 76-80 | 9 de junio |
| 81-85 | 10 de junio |
| 86-90 | 11 de junio |
| 91-95 | 12 de junio |
| 96-00 | 13 de junio |
¿Quiénes deben presentar información exógena en 2025?
La Resolución 000162 de 2023, modificada por la Resolución 000188 de 2024, define quiénes están obligados a presentar la información exógena para el año gravable 2024, a reportar en 2025. Los principales sujetos obligados son:
- Entidades con convenios internacionales: públicas o privadas que celebren acuerdos de cooperación con organismos internacionales.
- Entidades financieras: como bancos, cooperativas y fondos de empleados, supervisadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Bolsas y comisionistas: bolsas de valores y comisionistas de bolsa.
- Personas naturales: con ingresos brutos superiores a 11,800 UVT ($555,367,000 en 2024) o ingresos de capital/no laborales superiores a 2,400 UVT ($112,956,000) en 2024.
- Personas jurídicas: con ingresos brutos superiores a 2,400 UVT en 2023 o 2024.
- Retenedores de impuestos: obligados a realizar retenciones de renta, IVA o timbre en 2024.
¿Cómo presentar la información exógena en 2025?
La presentación de la información exógena se realiza de forma electrónica a través del portal de la DIAN. Los pasos principales son:
- Recopilar datos: organiza la información financiera y transaccional según los formatos requeridos.
- Usar el prevalidador: descarga el prevalidador tributario desde el portal de la DIAN para generar archivos XML.
- Subir archivos: accede a los servicios informáticos de la DIAN, coloca los archivos en la bandeja de entrada y diligencia la solicitud de envío.
- Enviar: confirma el envío antes de la fecha límite correspondiente.
¿Cómo reemplazar un archivo de información exógena?
Si es necesario corregir un archivo previamente presentado, la DIAN permite reemplazarlo mediante sus servicios informáticos:
- Accede al portal: ingresa a la sección de presentación de información en el portal de la DIAN.
- Selecciona la opción: elige “reemplazo total” (para errores en encabezados o número de registros) o “reemplazo parcial” (para correcciones específicas).
- Sube el nuevo archivo: genera el archivo corregido con el prevalidador y envíalo.
¿Qué se necesita para presentar la información exógena?
Para cumplir con esta obligación, necesitarás:
- Registros financieros y transaccionales completos y precisos.
- Herramienta en Excel disponible en el portal de la DIAN para generar archivos XML.
- Credenciales activas para ingresar a los servicios informáticos.
- Familiaridad con los formatos requeridos según tu tipo de entidad.
- Los documentos relacionados deben conservarse durante al menos cinco años desde el 1 de enero del año siguiente a la presentación.
¿Cuáles son los formatos de información exógena?
La Resolución 000162 de 2023 detalla los formatos según el tipo de información y entidad. Algunos de los formatos clave para 2024, a reportar en 2025, incluyen:
- Formato 1001: ingresos y retenciones (naturales, jurídicas, públicas, privadas).
- Formato 1003: compras y gastos.
- Formato 1004: cuentas por cobrar.
- Formato 1010: información de socios/accionistas (jurídicas, cooperativas, fondos de empleados).
- Formato 1019: operaciones financieras (bancos, entidades financieras).
¿Cómo liquidar la sanción por no presentar información exógena?
Las sanciones por incumplimiento están reguladas por el Artículo 651 del Estatuto Tributario:
- No presentar: 1% del valor no reportado, hasta 7,500 UVT ($373,492,000 en 2025).
- Errores: 0.7% del valor reportado erróneamente, hasta 7,500 UVT.
- Presentación tardía: 0.5% del valor reportado, hasta 7,500 UVT.
Además, hay reducciones posibles si se corrige antes de la notificación de cargos o sanciones.
¿Cuál es el tope para presentar información exógena?
El “tope” se refiere a los umbrales de ingresos que determinan la obligación de presentar información exógena:
- Personas naturales: ingresos brutos > 11,800 UVT ($555,367,000 en 2024) o ingresos de capital/no laborales > 2,400 UVT ($112,956,000) en 2024.
- Personas jurídicas: ingresos brutos > 2,400 UVT ($112,956,000) en 2023 o 2024.
Cumplir con la presentación de la información exógena en 2025 es crucial para evitar sanciones y mantener tus obligaciones fiscales en regla. Organiza la información de tu empresa, utiliza las herramientas disponibles en el portal de la DIAN y considera contar con un software como Alanube, que te ayudará a gestionar todos estos procesos de manera eficiente y sin complicaciones.
